
A un año y cinco meses del inicio de la causa contra Pablo Adrián Giorgetti, el editor y librero que comercializaba publicaciones de ideología nazi a través de un sitio web, la fiscalía finalmente pidió que el caso sea elevado a juicio.
La solicitud fue realizada por el fiscal federal de San Isidro, Federico Iuspa, ante el Juzgado Federal N°1, a cargo de la jueza Sandra Arroyo Salgado.
Para la fiscalía, el acusado debe ser juzgado como autor del delito de realización de propaganda basada en ideas o teorías de superioridad de una raza, con el objeto de justificar o promover la discriminación racial o religiosa en los términos del artículo 3°, primer párrafo, de la Ley 23.592 de Medidas contra Actos Discriminatorios, que prevé una pena de un mes a tres años de prisión.
Las tareas de investigación desarrolladas por la Unidad de Investigación Antiterrorista de la PFA permitieron identificar a Giorgetti, de 47 años, como el responsable de los perfiles en redes sociales y Mercado Libre -que fueron oportunamente bloqueados por violación a sus normas internas- y del sitio web donde se vendían las publicaciones. Además, estableció que el hombre se dedicaba a la edición de libros y folletos, y que enviaba el material producido a una imprenta para culminar sus trabajos.
A pedido de la fiscalía, el 12 de octubre de 2023 el juzgado ordenó el allanamiento de dos viviendas ubicadas en las ciudades bonaerenses de Beccar y Martínez. En el primer domicilio se secuestraron 222 libros con simbología nazi, una impresora, una notebook, un teléfono celular, una guillotina y 140 tapas de libros con esas características, mientras que en el segundo no encontraron elementos de interés para la investigación.
Para el fiscal “la difusión de publicaciones con contenido antisemita, que incluyen expresiones negacionistas del Holocausto, entre tantas otras barbaridades, quebranta la convivencia democrática ya que promueve la deshumanización y exclusión de determinados grupos, basándose en ideas o teorías que defienden la superioridad de una raza o de un grupo de personas según su religión, origen étnico o color. Esto, a su vez, necesariamente conlleva a la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa”.
“Vale señalar que la temática casi exclusiva del material y el evidente contenido discriminatorio contra la comunidad judía que surge no solo del contenido sino de gran parte de los títulos mismos, llevan a descartar de plano una posible colisión de derechos, en este caso, con el derecho a expresarse libremente. Justamente, porque esas expresiones eran las que tenían carácter discriminatorio incitando al odio racial o religioso”, indicó el fiscal en su dictamen.